Sergal Asesores en Comercio Exterior sc
Abogado
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Ubicación
Descripción
Revisión físico-documental de mercancías [en recintos fiscales o fiscalizados] para su importación o exportación, a fin de que la autoridad [Aduana] se cerciore que han cumplido con el pago de los impuestos y con las regulaciones y restricciones no arancelarias.
Normalmente lo llevan a cabo las Administraciones Regionales de Auditoría de Comercio Exterior y áreas centrales, a efecto de revisar los pedimentos y su anexos por periodos de tiempo [CFF] o que deriven en embargos precautorios [LA].
Mediante requerimientos de documentación a los importadores o exportadores, y una vez analizadas emiten sus observaciones de posibles irregularidades que traen por consecuencia la determinación de créditos fiscales.
Intervención por parte de IMPI o UEIDDAPI antes o durante el despacho aduanero, con el fin de determinar si hay una afectación a un derecho marcario, ya sea en grado de confusión o que se tipifique como un delito.